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TC protege a trabajador ebrio

Posted on 14 January 2009 by Juan Carlos Goicochea

El TC perdona el pecado, pero no el escándalo

Desde ahora sí a usted como a Bryce le gusta tomarse sus “aguas” para estar en “fa” y poder laborar feliz y contento; pues si no hace lío se porta bonito; no tendrían por qué botarlo según el Tribunal Constitucional.

Vía Peru21

PRECEDENTE. El abogado Ricardo Herrera advirtió que este fallo crea jurisprudencia debido a que dicha instancia ha interpretado una ley de alcance general como la Ley General del Trabajo. “Me preocupa que el TC diga que se requiere un perjuicio económico para que se configure falta grave y se justifique el despido”, afirmó.

A su turno, Beatriz Alva Hart refirió que tal decisión va en contra de la ley de competitividad y productividad laboral. La letrada recordó que el artículo 25 de esa ley califica la embriaguez y la violencia (en todos sus sentidos) como faltas graves en un centro laboral y, por tal motivo, son causales de despido incluso aunque no sean repetitivas.

“Es decir, si un trabajador acude a laborar en estado de embriaguez, en forma reiterada o una sola vez, si ello resulta demasiado grave por sus funciones, y la autoridad policial constata dicha situación, el trabajador puede ser despedido.

No existe requisito adicional. A la misma consecuencia se llega si el trabajador ebrio o presuntamente ebrio se niega a pasar el dosaje, conforme lo recoge también la Corte Suprema en la Casación N° 787-2002-Junín”, comentó.

Este fallo -advirtió- está en abierta contravención a la legislación citada contenida en el artículo 25 del DS N° 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

Bueno ya sabe si va a tomar y tiene que ir a trabajar; tranquilito no más.

Y vamos que no es una falta grave; ¿no Alejandro?

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Tribunal Constitucional caso Frontón

Posted on 15 December 2008 by Juan Carlos Goicochea

Tribunal constitucional. Ese roche no es mío

Hoy el Tribunal Constitucional le dijo no al pedido del IDL que buscaba determinar si era constitucional o no resolución judicial que acepta el hábeas corpus del marino Teodorico Bernabé Montoya, en torno a la prescripción de la matanza de El Frontón, ocurrida en el primer gobierno Aprista.
Vía peru21

La decisión del TC, cuyos fallos son inapelables, se tomó por mayoría: los magistrados Juan Vergara, Ernesto Álvarez, Carlos Mesía y Fernando Calle, estos dos últimos de filiación aprista, votaron por declarar improcedente dicha demanda. En tanto, los magistrados César Landa, Ricardo Beaumont y Gerardo Eto votaron por revisar la mima y emitir un pronunciamiento sobre la constitucionalidad o no del fallo judicial que se emitió a favor del hábeas corpus del marino.

Para entender un poco más este cantinflesco caso le saqué unas declaraciones al presidente interino del Tribunal Constitucional, Juan Vergara.

En ampliación de noticias: Godoy

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